Existen dos ángulos desde donde podemos acercarnos a la definición de lo que es un régimen político: en primer lugar, puede ser entendido como el conjunto de las normas, reglas, costumbres y prácticas que se emplean, en un territorio determinado, para el gobierno de su población. Por otro lado, también puede hacer referencia al conjunto de las instituciones que se encargan de la regulación del poder en el Estado, tanto del acceso a su ejercicio como de la interacción entre las mismas y los valores que a ellas subyacen.

Un régimen, a secas, es cualquier sistema que permite el establecimiento y la regulación de algo, de su funcionamiento.

Si atendemos al origen etimológico del término, veremos que proviene del latín regimen, regiminis, que hacía alusión a «lo que rige», a «la dirección» y a «la reglamentación de algo». Es un derivado con el sufijo -men, que aporta la idea de «un resultado», «un medio» o «un instrumento», sobre el término regere («dirigir», «regir», «enderezar» o «gobernar»). Así, el régimen, tanto si se refiere a un régimen político como a una pauta específica a la hora de alimentarse, contiene este elemento de cómo se regula y dirige una actividad determinada.

La palabra político, por su parte, tiene esta asociación con la práctica de tomar decisiones en forma grupal, y de todo lo que se relaciona con las relaciones de poder entre los individuos. De allí que se relaciona íntimamente con lo que hace al ejercicio del gobierno de los Estados. El estudio de la etimología del término nos revela que proviene directamente de la expresión politikè technè, que hacía alusión al «arte propio de los ciudadanos», al «arte social», el «arte de convivir en sociedad». En definitiva, se refiere al arte propio de las cosas que se relacionan con el ámbito del Estado.

El régimen político, así entendido, es aquello que gira en torno al sistema de gobierno que ostenta un Estado. Y abarca tanto la relación con el poder, como el ámbito jurídico, las consideraciones acerca de las libertades individuales y también acerca de los derechos que poseen todos sus ciudadanos. Un régimen político es lo que establece y sostiene la situación de todos sus partes integrantes, y las relaciones que entre ellas se dan.

Su clasificación puede establecerse basándose en criterios diversos, y es muy amplia, pero se puede anticipar que hoy en día la democracia es aquella que se toma como pauta para medir varios de los criterios generales.

En el parlamento es el órgano legislativo.
El parlamento es un elemento clave en ciertos regímenes políticos, es el órgano legislativo del Estado.

Elementos del régimen político.

Se detallará luego esta clasificación posible. Pero antes de ello se describirán ciertos elementos que son comunes a lo que un régimen político es, en esencia, y que, por lo tanto, son de carácter común a cualquier tipo de régimen.

  • Gobierno: Se refiere a la persona o al conjunto de personas que detentan el poder político, ejerciendo las funciones del Estado.
  • Territorio: Tiene que ver con el ámbito geográfico específico en el que la autoridad de un Estado tiene influencia.
  • Instituciones públicas: Designa a los organismos específicos que se ocupan de ejercer, de diversos modos, el poder del Estado y sus funciones ejecutivas.
  • Población: Hace referencia a las personas que están comprendidas dentro del ámbito geográfico del Estado, o que por regulaciones específicas, sin hallarse dentro de aquel, sigan estando bajo su autoridad.
  • Relaciones sociales: Aquellas interacciones que naturalmente ocurren entre los individuos que conforman la población, el gobierno y sus instituciones, pautadas dentro del marco legal constituido.
  • Ley: Se refiere a las pautas, sancionadas mediante los procesos estipulados a tal fin, que marcan el modo en el que ha de desarrollarse la vida en sociedad y las relaciones sociales.
Territorio, uno de los elementos del régimen político.
Todo régimen político tiene lugar en un territorio geográfico específico en el que se ejerce la autoridad del Estado.

El régimen político y el sistema político.

La clave para distinguir estos dos conceptos reside en saber si nos estamos refiriendo a algo abstracto o a algo concreto. Porque el sistema político es abstracto: se trata del conjunto de aquellos elementos, procesos, normas e interacciones necesarios para que se formalicen las decisiones relativas al poder, en cualquier sociedad. Es decir, hace referencia a una serie de sistemas, flujos de información, intercambios de energía, en cualquier sociedad, en todas ellas, más allá de un tiempo y un espacio concretos.

Mientras que, si hablamos de régimen político, es para hacer alusión a un sistema político concreto, a un caso puntual, en un tiempo y espacio determinado. El régimen político es el modo específico que han adoptado ciertos elementos y procesos, y las interacciones que se dan en ese sistema político, en ese momento y ese lugar en la historia. Así, por ejemplo, podemos afirmar que, si bien un sistema político como el argentino se estructura mediante una Constitución que permanece en el tiempo, cada gobierno fue distinto: cada cual tuvo su propio presidente, miembros distintos en el Congreso, en la Corte Suprema, etc.

Entonces, cada régimen político será, por definición, diferente a los demás. Aunque comulguen con los mismos ideales, conservan buena parte de los funcionarios, tengan niveles similares de aceptación popular. Y el punto en el que este tipo de similitudes pueden evaluarse es más abstracto, y hace a la esencia de lo que es un sistema político.

El régimen democrático cuenta con elecciones libres.
El régimen democrático respeta el derecho al voto y cuenta con un sistema de elecciones libres.

Las clasificaciones posibles.

Hay formas muy diversas de clasificar los regímenes políticos, y por ello hay que atender con especial cuidado al criterio que se utiliza para establecer las distinciones.

  • Regímenes democráticos: Se hace referencia, bajo este apelativo, a las denominadas democracias plenas. Hay concordancia entre la mayor parte de los autores y teóricos en cuanto a ciertos requisitos necesarios para que un régimen político pueda ser catalogado de este modo.
  1. Deben contar con un sistema de elección de las autoridades por medio de elecciones libres.
  2. Debe respetarse el derecho al voto, en igualdad de condiciones, para todas las personas adultas.
  3. Deben promoverse y asegurar las libertades civiles y los derechos individuales.
  4. Debe haber una capacidad real y efectiva de obrar, según sus propios lineamientos, para las personas que han sido elegidas para regir al Estado.

    Una vez que un régimen cumple con estas pautas, recae bajo el genérico de «democrático». Pero luego se establecen distinciones más específicas, a partir de las diferentes formas según las cuales se da la organización de las instituciones y del ejercicio del poder.

    Por ejemplo, el régimen parlamentario se caracteriza por el hecho de que se elige mediante votación a los integrantes del poder legislativo, y, a su vez, ellos eligen al primer ministro, quien tiene libertad a la hora de conformar su gabinete, el poder ejecutivo.

    En un régimen presidencialista, por otro lado, lo que la gente vota es al jefe del Estado (que reúne en sí las atribuciones del jefe del gobierno), y también eligen a los integrantes del poder legislativo. El presidente es el que elige a su gabinete, componiendo el poder ejecutivo.

    Otra variante es la del régimen semipresidencialista, en el que se vota al jefe de Estado y a los integrantes del poder legislativo, siendo el jefe de Estado el encargado de nombrar un primer ministro, y este a los ministros.
  • Regímenes mixtos: Se llaman «mixtos» a aquellos regímenes que presentan elementos propios de la democracia y, al mismo tiempo, ciertos rasgos autoritarios. Por supuesto, se abre un abanico en el que algunos están cerca de los regímenes democráticos, y otros ya inclinados cerca del autoritarismo. Un ejemplo puede darse en los Estados en los que siguen teniendo lugar las elecciones, pero estas son, en realidad, una mera fachada que encubre la perpetuación en el poder de ciertos grupos o personas que son los que en verdad lo detentan.
  • Regímenes autoritarios: En estos casos el pluralismo se halla muy limitado por el control de los gobernantes. Suelen contar con instituciones al servicio del control de la población, más que encargadas de generar relaciones sociales. Y pueden presentar rasgos tradicionalistas y conservadores, como en el caso de las tiranías; o también una alta dosis de ideologización, mediante un liderazgo carismático, invitando (o exigiendo) la implicación vehemente del pueblo en los asuntos del estado.

Citar este artículo

Lehrer, L. (14 de marzo de 2022). Definición de régimen político. Sus elementos y la distinción con el sistema político. Definicion.com. https://definicion.com/regimen-politico/