Si se toma como referencia el verbo del cual el término procede, la prescripción es la acción y el efecto de prescribir que, a su vez, puede entenderse como el acto de establecer, ordenar o decretar alguna cosa.
También hay una acepción referente a la prescripción médica, en cuyo caso un profesional de la salud decreta algo específico con miras a la recuperación física o mental de alguien.
A su vez, se utiliza la palabra prescripción en el ámbito del Derecho. En ese contexto sirve para hacer referencia a un instituto que establece, a partir del cumplimiento de un plazo determinado de tiempo, la consolidación de una situación de hecho. De este modo, cumplido ese periodo, tiene lugar una extinción de la posibilidad de accionar.
Este instituto puede operar en dos sentidos diferentes: tanto como la pérdida de la posibilidad de ejercer un derecho, como la consolidación y adquisición de uno. Es un ejemplo del primer caso la prescripción liberatoria, como podría ser el hecho de una multa de tráfico que, con el paso de una cantidad de tiempo, ya no sea exigible por parte del Estado. Y se enmarca en la segunda situación la prescripción adquisitiva, también llamada usucapión, que concede a una persona la adquisición de un bien por la posesión continuada durante un período temporal determinado, ocupándose de la propiedad y haciéndose cargo de los gastos que acarrea.
Si nos remontamos al estudio etimológico del concepto, comprobaremos que su origen radica en el vocablo latino praescriptio, que se compone del prefijo prae-, utilizado para hacer referencia a algo que “es anterior o que se encuentra delante de”; del término scriptus, que alude a lo escrito, y el sufijo –tio, que da cuenta de la acción y el efecto de una cosa. De este modo, podemos acercarnos a la idea de la acción y el efecto de algo que ya fue escrito (o pronunciado) y opera sobre diversas cuestiones.
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Prescripción en diferentes ramas del derecho.
El instituto de la prescripción evidencia diferencias a la hora de ser aplicado en las diferentes ramas del Derecho. Las situaciones prescriptivas principales se presentan en los ámbitos del Derecho Civil, Derecho Tributario y Derecho Penal.
- Derecho Civil: En el ámbito del Derecho Civil nos encontramos con dos situaciones posibles, la prescripción liberatoria y la prescripción adquisitiva. Tiene lugar una prescripción de carácter liberatorio cuando el acreedor de una cierta obligación se abstiene de ejercerla, por las razones que sean, durante un plazo de tiempo que está estipulado para cada obligación y en cada sistema legislativo. La principal consecuencia que de ella se sigue es la imposibilidad de una exigencia judicial a partir de dicha obligación. Es importante destacar que el instituto de la prescripción no afecta al derecho de fondo, no se extingue la obligación en sí, sino el derecho a exigirla. Si el deudor decidiera pagarla, todavía existiría un marco de fondo que haría posible dicho acto voluntario. Por otro lado, existe la prescripción de carácter adquisitivo, también conocida como usucapión, en cuyo caso, a partir del cumplimiento de un plazo temporal, lo que se obtiene es la propiedad de una cosa o de un derecho real. El vencimiento, también en este caso, variará en cada sistema legal. Y es requisito que continuamente se detente la posesión de dicha cosa. Así sucede cuando una persona o una familia habita un terreno, paga los gastos, se hace cargo de las responsabilidades, y si pasa un tiempo determinado, aunque originalmente esa superficie no fuera de su propiedad, pasará a serlo. En general se trata de diez años.
- Derecho Tributario: También en el ámbito estatal entra en juego el instituto de la prescripción, ya que la Administración Pública tiene derecho a determinar una deuda de carácter tributario por un lapso de tiempo, pasado el cual esa obligación deja de ser exigible a quien la adeuda. Por medio de la prescripción, en ese caso liberatoria, el Estado se ve privado de la facultad de demandar la cancelación de los impuestos que se adeudan.
- Derecho Penal: En el ámbito del Derecho Penal se distinguen dos tipos de prescripciones posibles: la de la acción y la de la pena. Operan del mismo modo, a partir del paso de un tiempo específico desde que se cometió el hecho que sería punible sin que la acción penal se ejerciera. Hay una situación que plantea una excepción a este instituto en materia penal: los crímenes de carácter internacional pueden ser perseguidos sin importar cuándo fueron realizados. Esto se fundamenta en una Convención concreta sobre el tema, que está vigente en el ámbito internacional desde el año 1970.
La prescripción en medicina.
En el ámbito de la medicina se habla de prescripción para referirse a una directiva que parte de profesionales médicos hacia las personas que dispensan los medicamentos, es decir, quienes ejercen la tarea farmacéutica, a fin de que cada paciente pueda obtenerlos a fin de restablecer su salud.
En este contexto, se la considera de carácter científico, con implicancias éticas y también legales. Es un mandato que un profesional médico, basándose en sus estudios, su experiencia y su saber, decreta en papel para que, por medio de un producto natural o químico, se planteen modificaciones en las funciones del organismo de su paciente. La finalidad de dicha acción es el resultado terapéutico, pero es cierto que existe un riesgo al someter a alguien a un tratamiento médico.
Es un hecho científico porque el médico desarrolla un acto cognitivo. Toma como pauta los conocimientos específicos con los que cuenta luego de oír los síntomas del paciente y de realizar los exámenes físicos correspondientes, para determinar cuál es el camino más adecuado para la recuperación de la salud. No necesariamente se desprende una prescripción médica en todo examen. Y esto es, en sí mismo, ya una decisión del profesional.
Se habla de implicancias éticas por la mencionada razón. Al prescribir una receta que indica un medicamento se somete a un individuo a un riesgo que antes no enfrentaba. En general, hay un diálogo en el que se conversan los beneficios y consecuencias negativas posibles, cuando la situación es más apremiante y los tratamientos necesarios implican un riesgo mayor.
Las consecuencias legales pasan por la responsabilidad que genera, para el profesional médico, su intervención. Hay un acuerdo social por medio del cual se lo habilita a tomar ciertas decisiones, basadas en su pericia, con miras a la recuperación. Pero siempre existen casos en los que las circunstancias escapan a la normalidad, y, en ellas, los doctores están obligados a responder por sus decisiones. El instituto legal que ampara a los ciudadanos que buscan este tipo de respuestas es el juicio de mala praxis.
Requisitos de la prescripción médica.
Si bien existen diferencias en los diversos países en cuanto a qué elementos debe contener una receta para ser considerada válida, hay ciertos rasgos en los que hay amplia coincidencia:
- Nombre y apellido del médico que suscribe.
- Firma del médico que suscribe.
- Sello del médico que suscribe.
- Número de teléfono del médico que suscribe (opcional).
- Nombre y apellido del paciente.
- Fecha y lugar en el que la prescripción fue efectuada.
- Determinación del fármaco que será expendido, con detalle específico dependiendo del caso (por ejemplo, cuántos comprimidos, de cuántos mg, etc.).
- Detalle claro del modo de proceder a la administración de dicho fármaco, y del lapso temporal durante el cual debe extenderse el tratamiento.
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Lehrer, L. (17 de octubre de 2022). Definición de prescripción. Su origen y aplicación en el ámbito médico y del derecho. Definicion.com. https://definicion.com/prescripcion/