Derecho público refiere al conjunto de normas o leyes que se aplican para regular las diferentes acciones de los organismos que conforman el Estado. Asimismo, estas normativas controlan la relación entre las personas físicas o jurídicas de carácter privado, siempre que establezcan vínculos con la Administración Pública.
Si analizamos cada uno de los términos, podemos decir lo siguiente:
- Derecho es una palabra que deriva del latín directus, y significa algo que es recto, rígido. Hace mención a todo aquello que permanece dentro de los límites de lo correcto, por ello, se afirma que es «poner derecho» algo. Es decir, que no se quiebra ni cambia de dirección.
- Público: proviene del latín publicus, vocablo que está compuesto, a su vez, por poplicus, es decir, lo relativo al pueblo. Alude, básicamente, a lo referido al pueblo: «asuntos del pueblo».
Entonces, si unimos las dos partes, podemos decir que el concepto refiere al orden y rectitud de los asuntos del pueblo. Es una rama del ordenamiento jurídico cuya disposición se inclina hacia lo público, a lo que es del pueblo, y, sobre todo, a las relaciones con (y entre) los individuos. Esta definición también engloba a las organizaciones y a las personas que cumplen tareas de representatividad del Estado y, por tanto, administran intereses.
Asimismo, se dice que el derecho público pertenece al derecho positivo. Este último es el responsable de ordenar y regular las relaciones tanto de subordinación como de superordenación que el Estado tiene para con los particulares. A su vez, la administración pública ordena el vínculo que existe entre los diferentes organismos o departamentos que conforman el Poder Público.
Sin embargo, este derecho no es el único que compone el derecho positivo, sino que este último también incluye al derecho privado. Recordemos que el derecho positivo es aquel que está incluido en la Constitución de un territorio así como en las diferentes leyes, siempre y cuando se encuentren por escrito y formando parte de una legislación.
Índice de temas
Principios del derecho público.
Si bien el derecho público cambiará de acuerdo a la nación o país en el cual se aplique, sí podemos afirmar que existen dos principios fundamentales que lo rigen. Asimismo, es valioso aclarar que, como parte del ordenamiento jurídico de una sociedad, no solo rige su funcionamiento sino que, además, es aceptada y respetada por la comunidad en la cual se aplica.
Pero, sin más, vamos a conocer los principios del derecho público que, como bien mencionamos, son dos.
Principio de imperio.
El principio de imperio refiere a la desigualdad entre el Estado y los particulares. Es decir, en cualquier vínculo entre ambas partes, el Estado siempre tendrá mayor dominio, también denominado imperium, por sobre lo que ejerce potestad (en el orden público).
En este sentido, el Estado ocupa un rol de autoridad y, por tanto, todo lo que éste determine deberá ser respetado y aceptado por todos y cada uno de los particulares.
Principio de legalidad.
El principio de legalidad refiere a que la actuación del poder público debe responder y figurar en un ordenamiento jurídico vigente.
Toda acción que se ejecuta debe tener como base una seguridad jurídica y contar, además, con jurisdicción y naturaleza real.
En este sentido, el Estado debe respetar las mismas leyes que lo amparan y sostienen. Por lo cual no es correcto que viole las mismas normativas que le dan sustento.
Ramas del derecho público.
En cuanto a las ramas del derecho público podemos describir las siguientes:
- Constitucional
- Administrativo
- Penal
- Procesal
- Laboral
- Internacional público
- Financiero
- Tributario
- Electoral
Vamos a describir con un poco más de detalle cada una de ellas.
Derecho constitucional.
El derecho constitucional es la rama responsable de estudiar e interpretar, con claridad, los diferentes textos jurídicos que existen o se desarrollan en la Carta Magna de una nación (la Constitución).
De igual modo, hace un análisis de los diferentes ordenamientos existentes por escrito y que sin ellos no se podría pensar un Estado y su correcta construcción.
Derecho administrativo.
El derecho administrativo se encarga de regular todo lo referido a la administración pública.
Asimismo, afina su funcionamiento, regula y ordena el vínculo que existe entre los organismos que conforman el Estado.
Derecho penal.
El derecho penal responde a la fuerza punitiva de un Estado. Refiere a la potestad de castigar a las personas u organismos que falten a las leyes vigentes, es decir, que no las respeten.
Asimismo, este derecho brinda al Estado el poder de ejercer la coacción sobre aquellos que falten a la ley, siempre y cuando este Estado impere sobre ellos.
Derecho procesal.
El derecho procesal es el modo en que el Estado puede ejercer su poder. Es decir, los mecanismos y procedimientos existentes que el Estado puede regular y poner en acción.
De este modo se asegura mantener estables los derechos mínimos de la mayoría.
Derecho laboral.
El derecho laboral está relacionado con el marco legal que controla y ejerce fuerza sobre el trabajo como actividad.
En este sentido, centra sus bases en la igualdad, la dignidad y la retribución justa de todas aquellas personas que entregan su fuerza de trabajo a un empleador.
Asimismo, engloba los derechos y a los deberes que tiene la clase trabajadora, así como también los sindicatos, empleadores, etc.
Derecho internacional público.
El derecho internacional público se expande un poco más allá de las fronteras de una nación, puesto que hace foco en el vínculo entre los Estados-Naciones.
En este contexto, su enfoque está puesto en las relaciones de acuerdos de tipo económico o político, de intercambio, de planes e, incluso, de diferencias fronterizas.
Derecho financiero.
El derecho financiero es el responsable de regular y controlar los procesos vinculados con el gasto público.
Es una revisión constante de las inversiones y movimiento de dinero que realiza el Estado con el propósito de asegurar acciones transparentes.
El resultado de un derecho financiero responsable es, sin dudas, un Estado que emplea los fondos públicos de modo responsable.
Derecho tributario.
El derecho tributario es el que refiere a los impuestos, tributos, así como a toda clase de recaudación fiscal que ejecuta el Estado.
Cabe destacar que este tipo de derecho permite al Estado poder autofinanciarse y continuar recaudando fondos para volcarlos, nuevamente, en la sociedad.
Derecho electoral.
El derecho electoral se centra en la sucesión del poder de un gobierno a otro.
Asimismo, también se aplica en el caso de que uno o varios gobernantes deban ser reemplazados.
Este tipo de derecho rige en cualquiera de los poderes públicos.
Diferencia entre derecho público y derecho privado.
Tanto el derecho público como el privado fueron creados por del Derecho Romano. Datan de la misma época en la cual el Estado comenzó a configurarse y a tomar cuerpo.
Durante aquellos años fue necesario dividir o diferenciar lo que refería a lo jurídico con lo netamente público.
Por tanto, podemos decir que la diferencia entre ambas ramas del derecho radica en su campo de acción, es decir, en dónde se aplican. Así, podemos afirmar que:
- Para asuntos relacionados con los particulares (o el mismo Estado) rige el derecho privado.
- Para cuestiones de Estado y todo lo relacionado con lo social, las reglas de convivencia, funcionamiento del Estado y de lo social, etc.; se aprovechará el derecho público.
Citar este artículo
Navicelli, V. (6 de septiembre de 2022). Definición de derecho público. Principios, ramas, diferencia entre derecho público y derecho privado. Definicion.com. https://definicion.com/derecho-publico/