El contrato social es una teoría política basada en un acuerdo entre los ciudadanos que da origen al Estado y la sociedad civil. Es un concepto propio de la filosofía política desarrollado por autores como Jean-Jacques Rousseau, Thomas Hobbes y John Locke que busca explicar y fundamentar el origen del Estado y la organización política en la sociedad. Según la teoría del contrato social, el común acuerdo de los ciudadanos es lo que da origen al Estado como aquella estructura política basada en un pacto de convivencia con leyes, derechos y obligaciones que hacen posible la organización social.

La teoría del contrato social fue de vital importancia en el surgimiento de los Estados modernos y su concepto de los derechos y deberes de los ciudadanos en el marco de un gobierno basado en el acuerdo social. El principal desarrollo del contrato social se le atribuye al filósofo Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), quien fue uno de los principales exponentes de la ilustración europea y cuyas ideas influenciaron en gran medida el posterior surgimiento de la Revolución Francesa (1789). En su obra «El contrato social» (1762), Rousseau desarrolló la teoría de un acuerdo civil basado en la libertad e igualdad de los individuos ante un Estado democrático constituido a partir de un contrato social.

Otro autor importante en el desarrollo del concepto de contrato social fue el filósofo británico Thomas Hobbes, quien, en su obra «El Leviatán» (1651), elaboró una teoría contractualista del Estado. Según Hobbes, el común acuerdo de los ciudadanos debe entregar el poder absoluto al Estado a fin de evitar el conflicto social devenido del estado de naturaleza. Hobbes fundamentó su teoría en la idea de que, por naturaleza, el ser humano tiende a la guerra y el conflicto perpetuo con otros seres humanos debido a la lucha por la supervivencia. Para evitar este estado de naturaleza en el que «El hombre se convierte en lobo del hombre», Hobbes propuso que la sociedad debe realizar un acuerdo en el cual se entregue el poder absoluto al Estado como régimen político que garantice el orden social.

Por otra parte, en su obra «Dos tratados sobre el gobierno civil» (1690), el pensador británico John Locke argumentó que la naturaleza humana debe dar lugar al surgimiento de un derecho artificial, generado a partir de un contrato entre los individuos a fin de crear un orden social común. La sociedad civil se convierte en gobierno y el orden político a través del cual los ciudadanos son igualados ante la ley, el derecho y la justicia. Locke argumentó que el poder político de la sociedad civil no debe detentarse en una sola figura, como en el caso de las monarquías absolutas, sino a través de un Parlamento que oficie de representante de la sociedad en los asuntos públicos y políticos.

En la actualidad, la teoría del contrato social es fundamental en ámbitos de investigación como la filosofía política, las ciencias políticas, la sociología y la teoría del derecho. Forma parte de las principales discusiones acerca del origen y características del Estado, las leyes y derechos que gobiernan la sociedad civil.

Contrato social
El contrato social se basa en el común acuerdo de los individuos para establecer el orden social

Índice de temas

El contractualismo.

El contractualismo es una corriente de pensamiento de la filosofía política que se basa en el contrato social para explicar el origen de la sociedad y la formación del Estado. La teoría contractualista explica que el orden social se alcanza mediante un contrato establecido por los individuos, en el cual se asume la limitación de ciertas libertades para consolidar leyes y normas que garanticen la organización social.

Los principales exponentes del contractualismo, Thomas Hobbes, John Locke y Jean Jacques Rousseau, se basaron en la teoría del contrato social para diseñar sus modelos de Estado y desarrollar una teoría del poder poder político. El contractualismo no se trata de una ideología política sino de una teoría social que busca garantizar el estado de derecho a través de la consolidación de un contrato social. Consiste en la postulación de un acto formal (el contrato) a través del cual los individuos de una sociedad se comprometen a acatar ciertas leyes y normas que permiten el orden social.

Se trata de una teoría política que ha sido muy influyente en los desarrollos históricos, políticos y filosóficos de los últimos trescientos años y que fue de vital importancia para la concepción misma de la estructura gubernamental de los Estados modernos. Las ideas contractualistas fueron fundamentales en hechos históricos como la Revolución Francesa, la declaración de la Independencia Norteamericana y los movimientos independentistas en Latinoamérica.

No obstante, no debe confundirse el contractualismo con la democracia, ya que no necesariamente todas las teorías contractualistas postulan sistemas democráticos como modelos basados en el contrato social. El contractualismo de Hobbes, por ejemplo, defiende un autoritarismo basado en la figura del soberano absoluto y un Estado sin parlamento; el contractualismo de Locke se basa en una monarquía parlamentaria; y el contractualismo de Rousseau propone una república democrática basada en la voluntad general.

Contractualismo
El contractualismo fue de vital importancia para el desarrollo de los Estados modernos

Orígenes históricos del contractualismo.

El contractualismo surge históricamente a partir de una serie de cambios de paradigma en la cultura social y política de la Europa moderna:

  • Cambio en el orden político de la sociedad europea: La caía del Antiguo Régimen dio lugar a la disolución del orden social basado en el derecho divino y las relaciones de vasallaje. El modelo basado en una monarquía absoluta sufriría luego una importante transformación a partir del surgimiento de la burguesía como nueva clase social con poder económico. El paulatino crecimiento de la burguesía dio lugar a la búsqueda de poder político, lo que originó finalmente los acontecimientos de la Revolución Francesa que estallaría en 1789, cuyos cambios políticos se basaron en las ideas contractualistas para llevar adelante el modelo de Estado moderno.
  • Constitucionalismo y republicanismo: El nuevo orden social devenido de las revoluciones europeas y las luchas por la independencia en América dieron lugar al surgimiento del constitucionalismo como forma de organización social y política basada en el contrato social. Los Estados constitucionales se fundamentaron en las teorías contractualistas para dar origen a los nuevos modelos políticos basados en el consenso general y la voluntad popular. Se conoce como republicanismo a una teoría política basada en la idea de gobernar una nación entendida como un asunto pública, es decir, surgida del consenso político como representante de toda la comunidad. El republicanismo se basa en un modelo de gobernanza establecido en la participación política de la ciudadanía en materia de orden público.
  • Los ideales de la Ilustración: Las nuevas ideas del movimiento intelectual conocido como Ilustración cambiaron radicalmente el concepto político y social de la filosofía moderna. Los ideales ilustrados apuntaban a una sociedad basada en la razón, la igualdad y la libertad de los individuos quienes, guiados por el conocimiento y la luz de la razón, encontrarían una nueva forma de organización establecida sobre el común acuerdo de los ciudadanos en la conformación política del Estado moderno. Las ideas políticas de pensadores como Jacques Rousseau, John Locke, Immanuel Kant, Voltaire, Montesquieu, Diderot, Thomas Paine, entre otros, fueron de gran influencia para el cambio de paradigma social y político de la época.
Revolución Francesa
El contractualismo estuvo estrechamente relacionado con los cambios históricos y políticos del paradigma moderno

Estructura del pensamiento contractualista.

La filosofía contractualista se basa en la idea de un pacto social como origen del Estado y la civilización. Si bien existen diferentes teorías y modelos contractualistas, la estructura central del pensamiento contractual se basa en las siguientes características generales:

  • Estado de naturaleza: Los diferentes modelos contractuales se basan en la idea de un estado de naturaleza sin orden social, en el cual la anarquía y la falta de organización llevan al ser humano a vivir en un estado de conflicto constante. El primero en elaborar la teoría del estado de naturaleza fue Thomas Hobbes, quien argumentó que el ser humano, en su estado natural, tiende a la competencia y a la lucha por la supervivencia contra otros seres humanos. Por esta razón, resulta imprescindible el establecimiento de un pacto de convivencia, un contrato social que de origen a un orden artificial que garantice la paz social.
  • Pacto social: Para superar el estado de naturaleza se hace necesario el establecimiento de un contrato social, un acuerdo de respeto mutuo entre los ciudadanos. Dicho contrato consiste en la limitación de ciertas libertades naturales a fin de acoger a los individuos dentro de un orden que imponga normas y leyes para mantener el orden social. Hobbes pensó en un contrato en el cual las personas se pongan de acuerdo en entregar todo el poder a un soberano absoluto. La naturaleza de dicho pacto es irrevocable, ya que, al haberlo firmado, los ciudadanos se comprometen no sólo a obedecer la autoridad del Estado, sino a desvincularse del poder político. El modelo hobbseano del pacto social fundamenta un Estado absolutista, sin embargo, no es el único modelo contractual: John Locke preferirá un Estado parlamentario basado en la propiedad privada y Rousseau hablará de un contrato fundamentado en la igualdad, la equidad y la libertad de todos los ciudadanos.
  • Estado de orden social: La sociedad se alcanza y se fundamenta a sí misma sobre las bases del contrato social. El contrato es la piedra angular sobre la cual se constituye la civilización y representa el fundamento filosófico y teórico del orden social. Este orden se basa en la sustitución del derecho natural por la ley, entendida como límite del derecho natural, para instituir un orden basado en la autoridad del Estado. En el modelo de Hobbes, se instaura un régimen absolutista basado en el autoritarismo; en el modelo de Locke, una monarquía parlamentaria basada en la propiedad privada; y en el modelo de Rousseau, una república democrática basada en la igualdad ciudadana.
Filosofía contractualista
La filosofía contractualista se basa en la idea de un pacto social como basamento de la sociedad

Principales formulaciones teóricas del contrato social.

«El Leviatán» de Thomas Hobbes.

El hombre es el lobo del hombre.

Thomas Hobbes

«El Leviatán» es una obra de filosofía política publicada en 1651 por el pensador inglés Thomas Hobbes, en la cual el autor elabora una teoría del Estado basada en la fundamentación del autoritarismo a partir del contrato social. Se trata de una justificación teórica del Estado absoluto basada en la idea de que el ser humano, en estado de naturaleza, vive en perpetuo conflicto por los intereses y la supervivencia. Por esta razón, para superar el estado de naturaleza salvaje, los individuos deben establecer un contrato implícito mediante el cual otorguen el poder absoluto al Estado para garantizar así el orden social.

El estado de naturaleza.

Hobbes comienza su obra con el estudio de la naturaleza humana y establece que, por naturaleza, el ser humano tiende a la satisfacción de sus deseos y necesidades. El concepto hobbseano de naturaleza humana se basa en la idea de que el hombre es «naturalmente malo» y tiende al egoísmo y la satisfacción de sus necesidades individuales en detrimento del interés colectivo. Según Hobbes, la naturaleza humana se caracteriza por:

  • Egoísmo: El hombre tiende a satisfacer sus necesidades por encima del resto de los hombres.
  • Competitividad: El ser humano es competitivo por naturaleza, lo que lo lleva a luchar con otros seres humanos por el poder.
  • Miedo a la muerte: El ser humano busca la seguridad personal y el poder para protegerse del miedo a la muerte.
  • Estado de naturaleza: Hobbes supone un escenario hipotético en el cual el hombre vive en un estado de naturaleza salvaje donde no existe un gobierno o autoridad política central. Según Hobbes, el estado de naturaleza se caracteriza por ser una «vida solitaria, pobre, brutal y corta», sometida a la anarquía y a la guerra civil constante, donde «el hombre se vuelve el lobo del hombre».

Hobbes basa su concepto de naturaleza humana en los llamados «derechos naturales» o «leyes de naturaleza»: aquellas de las cuales el ser humano dispone para alcanzar su supervivencia. Sin embargo, el problema del derecho natural de disponer de los medios necesarios para subsistir se origina cuando la satisfacción de los deseos y necesidades se encuentra con los intereses de otros seres humanos. El conflicto de intereses desata la guerra constante del estado de naturaleza que Hobbes describe en términos de una «guerra de todos contra todos».

A raíz de este concepto antropológico, Hobbes explica que existen tres razones básicas por las cuales se originan los conflictos en el estado de naturaleza:

  1. La competición: Tendencia humana de competir e invadir el patrimonio del otro.
  2. La desconfianza: Tendencia a la necesidad de seguridad y protección del propio patrimonio.
  3. La gloria: Tendencia a la búsqueda de reconocimiento y reputación.
Estado de naturaleza
Hobbes describe un imaginario estado de naturaleza en el cual la sociedad vive en una constante guerra civil debido a la falta de un poder centralizado

Justificación del absolutismo.

Una vez planteado el estado de naturaleza conflictiva del ser humano, Hobbes propone su teoría del contrato social para la justificación de un Estado absoluto. Con el fin de evitar la destrucción del hombre por el hombre, Hobbes establece que debe concretarse un contrato social que garantice y proteja los derechos naturales y, al mismo tiempo, sea garante de la paz social.

El Estado absolutista de Hobbes no se basa en el concepto moderno de una República, sino en una estructura política basada en el control de los asuntos públicos en manos de un soberano absoluto. El poder absolutista de Hobbes se fundamenta a partir del común acuerdo de los hombres libres que establecen el contrato por un interés común: el de preservar el derecho a la propiedad, la autonomía individual y el bien común. Sin embargo, el modelo autoritario del Estado hobbseano impone severos límites a la libertad individual y el ejercicio del libre albedrío, ya que plantea que la sociedad cede su poder por común acuerdo a un Estado absoluto que empleará el autoritarismo y el terror para mantener el orden social.

El modelo hobbseano del Estado rechaza la división de poderes y concentra el poder en la figura del monarca absoluto. Hobbes elabora una teoría del derecho del soberano absoluto, en la cual se defienden métodos autoritarios como la censura de los medios de comunicación, la restricción de libertades individuales y el ejercicio de la represión estatal si el soberano considera que las acciones de los individuos atentan contra el orden público.

Monarquía absoluta
Hobbes ideó el contrato social como una forma a través de la cual la sociedad le otorga el poder absoluto al monarca

«Dos ensayos sobre el gobierno civil» de John Locke.

La razón por la que los hombres forman parte de la sociedad es para preservar su propiedad.

John Locke

«Dos ensayos sobre el gobierno civil» es una obra de filosofía política escrita por el pensador británico John Locke en 1690. En el primer tratado, se despliega una crítica al patriarcalismo en donde se refuta la teoría del derecho divino del monarca. En el segundo, Locke desarrolla su teoría del gobierno civil fundamentada en los derechos naturales y el contrato social.

La teoría del Estado que Locke desarrolla en su segundo tratado se basa en la idea de una monarquía parlamentaria, en la cual un rey constitucional se subordina al poder civil representado por el Parlamento. Para evitar la corrupción política, Locke propone la división de poderes:

  • Poder Legislativo (elegido y nombrado por el pueblo).
  • Poder Ejecutivo (no por derecho divino sino elegido por la asamblea legislativa).
  • Poder Federativo (encargado de las relaciones exteriores).

Para Locke, el poder legislativo es la base de la soberanía nacional ya que su función consiste en producir las leyes y elegir al Poder Ejecutivo.

Las bases teóricas del contrato social de Locke son:

  • Estado de naturaleza: Locke imagina un estado de naturaleza en la cual los individuos viven sin un poder central pero bajo una ley natural que les confiere derechos y obligaciones sociales.
  • Derechos naturales: Locke argumenta que las personas tienen derechos naturales intrínsecos a la existencia humana como el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad privada, los cuales deben ser protegidos por el gobierno.
  • Teoría del consentimiento: Locke argumenta que la legitimidad del gobierno sólo es posible cuando se sostiene sobre el consentimiento de los ciudadanos. La obligación política del gobierno consiste en garantizar la cohesión social a partir de hacer valer los derechos colectivos e individuales con el consentimiento participativo de la sociedad civil. A diferencia de Hobbes, Locke realiza una crítica al absolutismo y en su lugar propone un gobierno basado en el consentimiento ciudadano y la conformidad social.
  • Poder ejecutivo limitado: Locke argumenta que el gobierno debe ser limitado por el poder legislativo y el Parlamento como representantes de la sociedad civil. La división de poderes es fundamental para garantizar un gobierno que establezca la justicia social basada en la voluntad ciudadana.
  • Liberalismo político: Locke establece una teoría liberal del Estado, según la cual los seres humanos son seres libres, racionales e iguales, cuya autonomía y autodeterminación permite el común acuerdo a partir de la institución civil del Estado. La concepción del contrato social de Locke se basa en el individuo como centro de la vida política y, por lo tanto, constituye un modelo de Estado liberal, basado en la propiedad individual como centro del poder político.
Parlamento
John Locke elaboró su teoría liberal del Estado basada en el parlamento como poder representativo de la sociedad civil

«El contrato social» de Jean Jacques Rousseau.

El hombre nace libre pero la sociedad lo encadena.

Jean Jacques Rousseau

«El contrato social» es una obra de filosofía política y teoría social publicada en 1762 por el filósofo suizo Jean Jacques Rousseau, en la cual desarrolla las bases del contrato social y los principios de la sociedad democrática moderna. Rousseau concibe al contrato social como un acuerdo colectivo para establecer una sociedad basada en un gobierno democrático que represente los intereses comunes. En esta obra, Rousseau hace énfasis en el carácter colectivo del contrato social y la garantía de la libertad y la igualdad civil de los ciudadanos ante el gobierno, la ley y la justicia. Su concepto de contrato social difiere en muchos aspectos de las fundamentaciones del absolutismo de Hobbes y el liberalismo de Locke. A continuación, veremos las bases de la fundamentación teórica del contrato social de Rousseau:

  • Estado de naturaleza: A diferencia de Hobbes, Rousseau se basa en un concepto radicalmente distinto al del «hombre malo por naturaleza» del modelo hobbseano. Por el contrario, para Rousseau, la naturaleza humana es por sí misma buena y pacífica, y es la sociedad la que corrompe el estado de bondad natural del ser humano a través de la opresión política. Rousseau dirá que «el hombre nace bueno y libre» y es la sociedad la que lo encadena y lo corrompe.
  • Voluntad general: Es un concepto central de la filosofía política de Rousseau que representa la voluntad colectiva de la comunidad que aboga por el bien común. El concepto de voluntad general fue de vital importancia para el desarrollo de la idea de sociedades democráticas basadas en la teoría del reconocimiento popular del poder legítimo.
  • Contrato social: El concepto de contrato social de Rousseau se basa en la idea de un acuerdo entre los integrantes de la sociedad para renunciar a sus derechos naturales con el fin de someterse a la soberanía de la voluntad general. El individuo pierde su libertad natural de tender a tomar lo que se le antoje a cambio de obtener una libertad civil y la protección de su propiedad, ante una autoridad colectiva. Este «sacrificio social» que el individuo realiza se compensa con la acción colectiva a través de la cual todos los individuos, por común acuerdo, deciden conformar la sociedad civil estableciendo derechos y obligaciones para todas las partes por igual.
  • Democracia: Rousseau argumenta que el único gobierno legítimo se basa en un modelo democrático, sustentado en el poder del pueblo y en la base de la voluntad general. De los tres modelos de contrato social, el de Rousseau es el que instaura las bases del contrato entendido como el fundamento de la democracia popular. Rousseau concibió a la democracia como un gobierno directo del pueblo, en el cual las leyes y autoridades son elegidas por la voluntad popular. La soberanía del pueblo es la base del sistema democrático que Rousseau plantea en el contrato social.
  • Soberanía popular: Rousseau argumenta que la única soberanía legítima reside en el pueblo. Ni en la autoridad absoluta del monarca, ni en la libertad individual, para Rousseau el poder político se legitima en la voluntad colectiva por encima de cualquier autoridad y por encima del individuo. En este sentido, Rousseau establece una crítica al liberalismo basado en la individualidad como centro del contrato social. A diferencia del modelo liberal de Locke, el contrato social de Rousseau no está basado en el individuo sino en el compromiso con la voluntad popular y el bienestar social general.
  • Rol fundamental de la educación: Para Rousseau, la educación es la herramienta esencial para la construcción de consenso en la sociedad. Mediante la educación debe darse la formación de la voluntad general con el fin de establecer los principios de una sociedad justa, libre e igualitaria para todos los ciudadanos.
Voluntad popular
Rousseau desarrollo un concepto de contrato social basado en la democracia y la voluntad popular

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Aci, E. M. (15 de agosto de 2024). Definición de contrato social. Origen, historia, principales autores y teorías. Definicion.com. https://definicion.com/contrato-social/