Suele definirse la acción de acosar tomando en cuenta dos acepciones: en primer lugar, el hecho de perseguir sin descanso a alguien con la finalidad de apresarlo (“el grupo de soldados rodeaba el peñasco acosando a los últimos aldeanos que huían por el camino”); en segundo lugar, la insistencia en una acción que termina resultando molesta o intimidatoria para quien la padece (“la vendedora de la compañía telefónica acosaba a la señora con llamados día y noche”).

El vocablo está compuesto por el prefijo verbal a– (que indica una aproximación, como en el caso de asombrar, alumbrar, agradar), por la palabra arcaica cossos (que significa carrera, y proviene del latín cursus), y por el elemento final –ar (empleado a la hora de conformar verbos). Así, construye la idea de aproximarse a alguien en una carrera sin tregua.

Ahora bien, ha de aclararse que es un término que en los últimos años ha ganado mucha importancia, pues se empezó a utilizar para hacer referencia a situaciones que están muy cargadas, que despiertan, y con razón, sensibilidad extrema. Podría decirse que este principio que la esencia de la definición nos muestra, fue identificado en diversas circunstancias de la vida cotidiana, con el fin de atender a lo que allí estaba sucediendo, entenderlo y colaborar para su cese.

Entonces, se realizarán dos clasificaciones. En principio se categorizarán algunas de las expresiones más destacadas que el acoso ha tomado: el acoso escolar (asociado al concepto de bullying), el acoso laboral, el acoso virtual y el acoso sexual. A continuación se clasificarán según el modo que el agresor emplea para acosar: acoso físico, acoso verbal y acoso psicológico.

Bullying, acoso escolar.
El bullying fomenta la exclusión de la víctima e incita a que todos los miembros del grupo se pongan en su contra.

Acoso en distintos ámbitos.

  • Acoso escolar: Suele manifestarse por el maltrato físico o psicológico que alumnos y alumnas de una institución educativa ejercen sobre un par. Para que se conforme el caso de acoso, es preciso que el maltrato se prolongue a través del tiempo (una acción aislada no entra en dicha categoría). No es necesario que el comportamiento de hostigar se dé en las aulas, el patio o cualquier sector del establecimiento escolar. Cualquier trato entre estudiantes que traiga aparejada esta carga se considera acoso, incluso por medio de redes sociales o cualquier contacto virtual. Una pauta en este tipo de conductas es la intención de lograr que la víctima se intimide, por medio de cualquier clase de violencia, a fin de que quede expuesta y atemorizada ante el agresor o la agresora. En múltiples casos esta posición en la que las víctimas recaen, de un terror extremo, las lleva a cerrarse a la posibilidad de comentar con amistades o allegados lo que están viviendo y se produce así una intensificación de las emociones que, en ciertas ocasiones, puede terminar en pensamientos de suicidio. Es importante entender esa distorsión, ya que en la medida que las personas dejan de creer que están solas en el mundo, algo del mecanismo ya se empezó a disolver.
  • Acoso laboral: En este caso, lo que se destaca es la violencia y el hostigamiento que sufre alguien, o un conjunto de gente, por parte de otra u otras, en el ámbito laboral. Del mismo modo que sucede en el acoso escolar, no es preciso que las acciones concretas tengan lugar en el marco de la empresa u oficina, sino que cualquier tipo de acción con esta cualidad conforma la categoría de acoso laboral. El acoso puede ser horizontal (cuando la agresión la realizan compañeros o compañeras de la víctima), vertical ascendente (si el maltrato lo lleva a cabo un subalterno) o vertical descendente (cuando la humillación la ejecuta quien posee un puesto superior). También es necesario que la conducta se extienda en el tiempo. En general, lo que se busca es que la víctima deje su posición de trabajo, ya sea porque no se quiere compartir el espacio o la actividad con ella, o también por aspiraciones personales del agresor o agresora de avanzar en su propia carrera con dicha partida. En otras ocasiones de acoso vertical descendente, lo que se busca es que el empleado o la empleada resuelva tareas que la exceden, es decir, su sometimiento total a la actividad.
  • Acoso virtual: También conocido como ciberacoso, se refiere al acto de atosigar a un sujeto o a un grupo de personas utilizando, a tal fin, medios de la tecnología digital. Las acciones que pueden constituir esta variedad de acoso van desde las agresiones personales hasta las amenazas con la divulgación de información o documentos privados que estén disponibles en formato digital. A diferencia de lo que suele acontecer en los casos anteriores, este tipo de acoso puede ser efectuado por un agresor anónimo. Y, además de ello, tiene dos peligros inherentes que son la inmediatez y la capacidad de difusión que la tecnología proporciona. Es a tal punto un tema destacado, que en muchos países ya está tipificado como un delito penal.
Acoso laboral
El acoso laboral es la violencia y el hostigamiento que sufre una persona en su ámbito de trabajo.

Modos de ejercer el acoso.

  • Acoso verbal: Se configura en los casos en los que la persona que agrede se vale de las palabras para intimidar a la o las víctima/s. Puede conformar variantes muy diversas, como ser el empleo de gritos, proferir insultos, la burla o hacer comentarios sexuales, entre otras.
  • Acoso físico: En cualquier situación que haya un contacto físico que resulte intimidatorio para una víctima, se considera que hay acoso físico. No importa aquí la dimensión objetiva del hecho, sino lo que esa actitud implica para la percepción del sujeto acosado. Recaen en esta categoría los golpes, las arañadas, tirar de los pelos, empujar, forzar, o incluso agresiones que no recaigan directamente sobre el cuerpo físico de la víctima, sino en objetos de su propiedad.
  • Acoso psicológico: Si bien tanto el acoso verbal como el físico pueden conformar un acoso psicológico, lo particular de esta categoría es que incluye acciones que no necesariamente recaen en aquellas dos y, sin embargo, generan la sensación de hostigamiento e intimidación. Por ejemplo, la llamada «violencia silenciosa» que muchas veces tiene lugar en los entornos domésticos.
  • Acoso sexual: Se constituye este tipo de acoso cuando se ejerce una conducta de agresión, intimidación u hostigamiento relacionada al plano de lo íntimo. En este contexto surgen acciones que se realizan a fin de amedrentar y desencadenar una actividad de índole sexual. El primer espacio en el que se empezó a hablar de esto fue en lo laboral. En el marco de los puestos jerarquizados, en los que un rechazo podría traer consecuencias indeseadas, se generaban momentos de confusión y propicios para que algunas personas ejercieran presión sobre otras a fin de obtener de ellas los que deseaban. En la Ley de Empleo de Estados Unidos se habla de un interés inoportuno, y luego se agregan los casos de comportamientos intimidatorios u hostiles.
Ciberacoso, acoso virtual.
El ciberacoso es la agresión y difamación a través de redes sociales u otros medios electrónicos.

Citar este artículo

Lehrer, L. (27 de febrero de 2022). Definición de acoso. Los distintos ámbitos y modos de ejercerlo. Definicion.com. https://definicion.com/acoso/